Para muchas familias que cuentan con un mayor o una persona dependiente, contratar a una cuidadora del hogar supone una decisión casi obligatoria, pues sus obligaciones laborales les impiden dedicarle el tiempo y la atención que necesitan.
El coste de esta cuiadora varía en función del número de horas contratadas y del tipo de servicio prestado, y en ciertos casos puede suponer un precio elevado. Sin embargo, existe una ayuda a la que se puede recurrir en algunos territorios de España: una desgravación fiscal en la Declaración de la Renta. En este artículo te contamos quiénes y en qué condiciones pueden solicitar esta desgravación, que supone un auténtico respiro económico para las familias que contratan a una cuidadora del hogar.
¿Qué administraciones pueden establecer desgravaciones?
Son dos las Administraciones con potestad para establecer desgravaciones fiscales en la Declaración de la Renta:
- El Estado, por medio de la Agencia Tributaria, que es el principal organismo español a nivel fiscal
- Las Comunidades Autónomas, puesto que entre sus competencias tienen parcialmente transferido este impuesto, llamado IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas)
Además de ello, algunos municipios pueden idear otros mecanismos de ayuda a familias con personas mayores y dependientes. También puedes consultar en tu empresa si existe algún tipo de ayuda con este fin. Algunas grandes empresas contemplan periodos de excedencia o ayudas extra-salariales con ese objetivo, y esto último podría dedicarse a la contratación de una cuidadora.
Las particularidades legales de una cuidadora del hogar
La empleada del hogar, ya sea una cuidadora o bien una trabajadora de la limpieza, es una profesional que entraña ciertas particularidades a nivel legal en España. Tradicionalmente ha sido una persona cuyos ingresos y actividades no estaban ‘fiscalizados’, de manera que tampoco generaban derechos para la trabajadora ni ventajas para el pagador.
Sin embargo, en los últimos años la situación ha cambiado, estando obligados los pagadores a abonar las cuotas de la Seguridad Social de la empleada del hogar, propiciando que ésta cotice en este régimen y pueda beneficiarse de subsidios por una baja o por una pensión de jubilación el día de mañana, entre otros derechos.
Sin embargo, la cuidadora del hogar no está obligada a presentar una declaración de la renta si sus ingresos no superan un cierto umbral de ingresos: 14.000€ anuales si son dos pagadores o 22.000€ anuales si es un solo pagador.
Esta situación de difícil fiscalización complica la creación de desgravaciones fiscales por la contratación de una cuidadora. Y de hecho, la mayoría de comunidades autónomas no contemplan esta posibilidad.
En cualquier caso, hay algunas excepciones a ello: son comunidades autónomas donde sí existe algún tipo de deducción por cuidado de personas dependientes o menores, como te mostramos en el siguiente apartado.
Y debes saber que, más allá de los requisitos que establezca cada comunidad, hay una premisa básica a respetar para que se pueda formalizar esa desgravación: la cuidadora del hogar debe estar dada de alta en la Seguridad Social, afiliada por la familia a la que presta servicio. Ese dato será ‘cruzado’ por la Administración que otorgue la deducción, comprobando que la información aportada sea correcta.
¿En qué comunidades autónomas desgrava una cuidadora del hogar?
En la actualidad, son cuatro las comunidades autónomas que han establecido algún tipo de desgravación por cuidadora del hogar en los últimos años: Andalucía, Aragón, Galicia y La Rioja. A continuación mostramos un resumen de dichas deducciones.
Andalucía
La desgravación por cuidadora del hogar en Andalucía recibe el nombre de “deducción por ayuda doméstica”, lo cual es un concepto bastante amplio que puede aplicarse a trabajadoras del hogar de diferente tipo, entre ellas las que se ocupan de asistir a personas mayores y dependientes. Estos son los detalles:
- Deducción del 15% de las cuotas satisfechas a la Seguridad Social de la empleada del hogar
- Se exige que los cónyuges o parejas de hecho de la unidad familiar tengan hijos a su cargo y que ambos adultos estén trabajando
- El límite máximo de la desgravación es 250€ anuales
Aragón
La deducción por cuidado de personas dependientes de Aragón no se establece en relación a las cuotas sufragadas a la Seguridad Social de una cuidadora, sino que se trata de una desgravación directa en el IRPF aplicable al tramo autonómico de este impuesto. Esto quiere decir que no hace falta contratar a una empleada para que cuide de la persona dependiente, sino que puede disfrutarla el contribuyente que la solicita, si es esa persona la que ejerce de cuidadora. Estas son las condiciones principales:
- La cuantía de la desgravación asciende a 150€
- Se considera persona dependiente a los familiares ascendientes de más de 75 años, o a cualquiera que tenga un grado de discapacidad superior al 65%
- La persona dependiente no puede estar disfrutando de rentas superiores a 8.000€ anuales
- En el cálculo de la renta del solicitante, la base imponible no puede ser superior a 21.000€ en declaración individual o de 35.000€ en declaración conjunta
- Acreditar que la persona dependiente convive de manera habitual al menos 6 meses con el contribuyente que solicita la ayuda
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Galicia
La desgravación por cuidadora es una de las deducciones autonómicas de Galicia. Sin embargo, debes tener en cuenta que en este caso se refiere a una cuidadora de menores de 3 años, lo que supone una ayuda a los padres que por motivos laborales no pueden ocuparse de sus hijos en determinados momentos del día. Esta deducción se resume de la siguiente manera:
- La deducción asciende al 30% de las cantidades satisfechas a la empleada
- El límite máximo a deducirse es 400€, o 600€ en el caso de dos o más hijos
- Que ambos progenitores trabajen y estén dados de alta en el Régimen correspondiente de la Seguridad Social
- Que a efectos de IRPF, no se superen los ingresos de 22.000€ anuales o 31.000€ si se hace declaración conjunta
La Rioja
En La Rioja también desgrava una cuidadora que se ocupa de una persona en situación de dependencia, aunque en una situación mucho más específica: los familiares infectados de Covid que requieren de cuidados específicos. Se trata, por tanto, de una ayuda surgida a partir de 2020 y que su vigencia en el futuro dependerá de la prevalencia de esta enfermedad en los próximois años. También por esta razón, los requisitos que se solicitan son más exigentes. Este es un resumen de las condiciones de la ayuda:
- Deducción del 15% de las cantidades satisfechas al cuidador, con un máximo de 300€ anuales
- Acreditar que el contribuyente ejerce una actividad laboral
- Acreditar que la cuidadora está dada de alta en la Seguridad Social y con un contrato para este trabajo
- Demostrar que el familiar al que se cuida dio positivo en Covid-19
Otras ayudas autonómicas
Además de las cuatro deducciones mencionadas, otras comunidades contemplan desgravaciones por lo que se conoce como “acogimiento no remunerado” o “acogimiento sin contraprestación” de personas mayores de 65 años. Es el caso de la Comunidad de Madrid o de la Región de Murcia, con cuantías que pueden llegar incluso a los 900€ de deducción por cada persona mayor o con discapacidad, lo cual supone todo un balón de oxígeno para las familias que deben hacerse cargo de un familiar (de hasta cuarto grado) y que de esta manera pueden plantearse la opción de contratar a una cuidadora.
¿Hay deducciones fiscales por parte del Estado?
El Estado, a través de la Agencia Tributaria, no contempla por el momento deducciones fiscales por la contratación de una cuidadora del hogar. No obstante, existen otros beneficios otorgados por la Administración Central para familias con personas dependientes, como es la percepción de una paga al miembro encargado de ayudar en las tareas básicas de dicha persona dependiente.
Las deducciones pueden cambiar
Debes tener en cuenta que la exhaustiva información que te hemos mostrado en este artículo es válida para el año 2022. Este matiz es importante porque las ayudas y deducciones por cuidado de personas dependientes pueden estar sujetas a cambios en el futuro, como cualquier otra prestación. Este tipo de ayudas las establecen los gobiernos (central y regionales) en función de cuestiones tan coyunturales como los fondos europeos o la cercanía de elecciones.
Por ello, nuestra recomendación es que consultes al gestor que se encarga de realizar tu Declaración de la Renta, que sabrá decirte qué ayudas existen en tu comunidad en el momento de leer este artículo, puesto que las deducciones mencionadas pueden haber dejado de estar vigentes, o bien pueden haber surgido otras nuevas, con cuantías distintas.